domingo, 9 de agosto de 2009

Grave obligación de corregir abusos litúrgicos

«Cuantas veces la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos tenga noticia, al menos propable, de un delito o abuso que se refiere a la santísima Eucaristía [o a otra partes esencial de la sagrada Liturgia, obviamente], se lo hará saber al Ordinario, para que investigue el hecho. Cuando resulte un hecho grave, el Ordinario envíe cuanto antes a este Dicasterio un ejemplar de las actas de la investigación realizada y, cuando sea el caso, de la pena impuesta» (n.181).

«De forma muy especial, todos procuren, según sus medios, que el santísimo sacramento de la Eucaristía sea defendido de toda irreverencia y deformación, y que todos los abusos sean completamente corregidos. Esto, por lo tanto, es una tarea gravísima para todos y cada uno, y excluida toda acepción de personas, todos están obligados a cumplir esta labor» (n.183).

«Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico [o por una herejía manifiesta] ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice [can. 1417]. Conviene, sin embargo, que, en cuanto sea posible, la reclamación o queja sea expuesta primero al Obispo diocesano» (n.184).

Tomado de la Instrucción Redemptoris Sacramentum

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