sábado, 15 de agosto de 2009

La Asunción de María

Por tanto, después de elevar a Dios muchas y reiteradas preces e invocar la luz del Espíritu de la Verdad, para gloria de Dios omnipotente, que otorgó a la Virgen María su peculiar benevolencia; para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte; para acrecentar la gloria de esta misma augusta Madre y para gozo y alegría de toda la Iglesia, por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y por la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma de revelación divina que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrena, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celeste.

Extraído de:
Constitución Apostólica Munificentissimus Deus, Pío XII

domingo, 9 de agosto de 2009

Grave obligación de corregir abusos litúrgicos

«Cuantas veces la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos tenga noticia, al menos propable, de un delito o abuso que se refiere a la santísima Eucaristía [o a otra partes esencial de la sagrada Liturgia, obviamente], se lo hará saber al Ordinario, para que investigue el hecho. Cuando resulte un hecho grave, el Ordinario envíe cuanto antes a este Dicasterio un ejemplar de las actas de la investigación realizada y, cuando sea el caso, de la pena impuesta» (n.181).

«De forma muy especial, todos procuren, según sus medios, que el santísimo sacramento de la Eucaristía sea defendido de toda irreverencia y deformación, y que todos los abusos sean completamente corregidos. Esto, por lo tanto, es una tarea gravísima para todos y cada uno, y excluida toda acepción de personas, todos están obligados a cumplir esta labor» (n.183).

«Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico [o por una herejía manifiesta] ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice [can. 1417]. Conviene, sin embargo, que, en cuanto sea posible, la reclamación o queja sea expuesta primero al Obispo diocesano» (n.184).

Tomado de la Instrucción Redemptoris Sacramentum

domingo, 2 de agosto de 2009

((Apelar a la conciencia propia para rechazar la doctrina o disciplina de la Iglesia es un grave error. Como dice Juan Pablo II, «el Magisterio de la Iglesia ha sido instituído por Cristo, el Señor, para iluminar la conciencia; apelar a esta conciencia precisamente para rechazar la verdad de cuanto enseña el Magisterio, lleva consigo el rechazo de la idea católica del Magisterio y de la conciencia moral» (12-XI-1988).

Tomado de:
JOSE RIVERA - JOSE MARIA IRABURU; Síntesis de espiritualidad católica (6ª ed)
http://www.gratisdate.org

viernes, 31 de julio de 2009

Criaturas sagradas

Avancemos otro paso. Lo sagrado cristiano surge por iniciativa divina, porque Dios quiere elegir unas criaturas para santificar por ellas a otras. El podría haber santificado a los hombres sin mediaciones creaturales, pero, sólo por bondad y por amor, quiso asociar de manera especial en la Iglesia ciertas criaturas a su causalidad santificadora. En una decisión completamente libre, quiso el Señor elegir-llamar-consagrar-enviar a algunas criaturas (sacerdotes, agua, aceite, pan, vino, libros, ritos, lugares, días y tiempos), comunicándoles una objetiva virtualidad santificante, y haciendo de ellas lugares de gracia, espacios y momentos privilegiados para el encuentro con El.

Extraido de:
Sacralidad y secularización, Padre José María Iraburu

jueves, 30 de julio de 2009

Hablar de la pena eterna

He aquí unas palabras terminantes del gran pontífice Pío XII, tan atento siempre a las necesidades y exigencias de la época moderna. En su preciosa exhortación a los párrocos y predicadores de Roma en la Cuaresma de 1949 pronunció las siguientes palabras, que traducimos directamente del texto oficial, publicado en Acta Apostolicae Sedis *:

"No hay, pues, tiempo que perder en contrarrestar con todas las fuerzas este resbalar de nuestras propias filas en la irreligiosidad y para despertar el espíritu de oración y de penitencia. La predicación de las primeras verdades de la fe y de los fines últimos no sólo no ha perdido su oportunidad en nuestros tiempos, sino que ha venido a ser más necesaria y urgente que nunca. Incluso la predicación sobre el infierno. Sin duda alguna hay que tratar ese asunto con dignidad y sabiduría. Pero, en cuanto a la substancia misma de esa verdad, la Iglesia tiene, ante Dios y ante los hombres, el sagrado deber de anunciarla, de enseñarla sin ninguna atenuación, como Cristo la ha revelado, y no existe ninguna condición de tiempos que pueda hacer disminuir el rigor de esta obligación. Esto obliga en conciencia a todo sacerdote, a quien, en el ministerio ordinario y extraordinario, se ha confiado el cuidado de amaestrar, avisar y guiar a los fieles. Es verdad que el deseo del cielo es un motivo en sí mismo más perfecto que el temor de la pena eterna; pero de esto no se sigue que sea también para todos los hombres el motivo más eficaz para tenerlos lejos del pecado y convertirlos a Dios"


* Acta Apostolicae Sedis, 41,5 (25 de abril de 1949), p. 185

Fuente:
Teología de la Salvación, Antonio Royo Marín, O.P. Editorial BAC, 1956
En la TERCERA PARTE, CAPITULO IV, El infierno. p. 313

Contra el "hiperascetismo"

El vicio opuesto a la lujuria no es frecuente, porque los hombres son más bien propensos a la lujuria misma. Sin embargo, existe ese vicio y es la insensibilidad, que se da cuando se odia tanto el unirse a una mujer que se niega el débito a la mujer propia.

Extraído de:
Summa Theologiae, Santo Tomás de Aquino

miércoles, 29 de julio de 2009

Abusos litúrgicos

Cuando se comete un abuso en la celebración de la sagrada Liturgia, verdaderamente se realiza una falsificación de la liturgia católica. Ha escrito Santo Tomás: «incurre en el vicio de falsedad quien de parte de la Iglesia ofrece el culto a Dios, contrariamente a la forma establecida por la autoridad divina de la Iglesia y su costumbre»

Tomado de:
Instrucción Redemptoris Sacramentum, nº169